jueves, 16 de febrero de 2012

La publicidad de contactos en la nueva legislatura




En la segunda sesión de la Comisión de Igualdad del Congreso, celebrada el pasado 9 de febrero de 2012, compareció la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dña. Ana Mato para informar sobre las líneas generales de la política de su departamento, entre las cuales se encuentra el asunto de la publicidad de contactos en medios de comunicación.

Esta ha sido una cuestión que ha quedado abierta desde que la Comisión de Estudios del Consejo de Estado emitiera un informe, en su sesión de 9 de marzo de 2011, en el que afirmaba "la posibilidad de prohibir, restringir o condicionar la publicidad de la prostitución y la necesidad de que una medida de dicha naturaleza se instrumente mediante el ejercicio de la correspondiente iniciativa legislativa".


Foto: Alberto Paredes (@AlbParedesPhoto)


En relación a este punto, la Sra. Ministra afirmó que "la dignidad de la mujer es lo primero; por tanto, no estaré nunca de acuerdo con ningún anuncio que vaya en contra de la dignidad de las mujeres. También en función de lo que se ha aprobado en este Congreso seguiremos trabajando en esas cuestiones".

Lo que parece olvidar esta Comisión es que el problema de la publicidad de contactos no es exclusiva de mujeres, sino que cada vez en un mayor grado, tales anuncios alcanzan también a la prostitución masculina, por lo que debe abordarse globalmente como un problema relacionado con la dignidad de la persona. Además, no siendo la prostitución una actividad ilegal, debemos ser cuidadosos a la hora de abordar esta cuestión, pues el origen de la controversia no ha sido la existencia de anuncios de prostitución, sino de la inclusión en medios de comunicación de anuncios que podríamos calificar de eróticos o de contrarios a la dignidad de la persona, que muchas vecen exceden de lo socialmente aceptable e, incluso, de la Ley.

Cosa distinta es el tema relativo a la publicidad sexista, que también se abordó durante esa comparecencia, y respecto de la cual se informó de la postura del Gobierno en relación a este fenómeno. En este sentido, se señaló que uno de los objetivos del Ejecutivo será el de prestar especial atención a la publicidad discriminatoria o estereotipada, donde, por ejemplo, se muestre que las mujeres están abocadas a hacer las tareas del hogar y no los hombres, aunque también trabajen. Y, para ello -prosigue- se optará por la vía de la colaboración con los medios de comunicación para evitar esas cuestiones y concienciar a los ciudadanos.

De las palabras de la Sra. Ministra se deduce que, con tal de regular este particular no se prevé la aprobación de nuevas normas, ni tampoco la modificación de las existentes ("no soy partidaria de las imposiciones, porque con ellas muchas veces no se consigue el propósito que queremos lograr"), sino que se apuesta por una vía de educación y concienciación de los ciudadanos, mediante campañas de comunicación.

Así, se abre ahora una vía de diálogo entre el Gobierno y los medios de comunicación, al objeto de tratar el futuro de la presencia de este tipo de anuncios en los medios, evitando -de este modo- una eventual adopción de acciones legislativas restrictivas, que podrían incluso llegar al nivel de lo ocurrido, por ejemplo, en Argentina.

Sin embargo, no podemos olvidar que, si bien la inclusión de "anuncios de contactos" en prensa y televisión ha sido objeto de históricas discusiones políticas, es cierto que varios medios ya se han comprometido a eliminar este tipo de publicidad de entre sus contenidos, haciendo gala de su responsabilidad social. Sin embargo, sea cual sea la solución que se plantee, no deberá excluir a Internet del alcance de la misma, pues, de otra manera, lo único que estaremos haciendo es redireccionar tráfico a la red, y cambiar el problema de lugar.




lunes, 13 de febrero de 2012

La preocupación del uso de tecnología Deep Packet Inspection en la publicidad online



De todos son sabidos los beneficios que la publicidad online nos ofrece: no sólo es una crucial fuente de ingresos para que los medios de comunicación puedan desarrollarse y un estímulo de la competitividad empresarial. Sino, además, sus efectos repercuten de manera positiva en los consumidores, pues incrementan la variedad de las opciones disponibles, financian los servicios gratuitos que se ofrecen en Internet y proporcionan información sobre nuevos productos.

Pero no debemos olvidar que el desarrollo de nuevas prácticas de publicidad online, en particular las relativas a la publicidad selectiva (contextual, personalizada, basada en el comportamiento, etc.), supuestamente adaptada a los intereses de los internautas, plantea una serie de problemas, en particular los relativos a la privacidad, a los que hay que hacer frente con el fin de garantizar un alto nivel de protección para los usuarios.

Foto: Alberto Paredes (@AlbParedesPhoto)

En efecto, la rápida evolución de los avances tecnológicos, junto a un cierto cansancio y saturación de los consumidores ante la proliferación de mensajes publicitarios, ha llevado al desarrollo de técnicas publicitarias online basadas en el rastreo de la navegación de los usuarios, que persiguen una mayor adecuación de los contenidos publicitarios a los intereses de los usuarios destinatarios de los mismos.

La preocupación sobre los potenciales riesgos de una descontrolada generalización de dichas técnicas ya fue puesta de manifiesto en la Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2010, sobre los efectos de la publicidad en el comportamiento de los consumidores, a través de la cual el citado organismo expresa su inquietud por el desarrollo de prácticas publicitarias intrusivas, tales como la lectura del contenido del correo electrónico y similares, que -a su juicio- constituyen graves ataques contra la intimidad de los consumidores.

Tal Resolución se complementa en este punto con el Dictamen del Supervisor Europeo de Protección de Datos (SPED) sobre la neutralidad de la red, la gestión del tráfico y la protección de la intimidad y los datos personales (DOUE C 34/1 de 8.2.2012), en el cual se analizan las eventuales amenazas a la neutralidad de la red derivadas de algunas prácticas de filtrado y de rastreo de la navegación llevadas a cabo por prestadores de la sociedad de la información (PSI) y basadas en la controvertida técnica de deep packet inspection, como son, de un lado, la inspección basada sólo en la cabecera de IP y, de otro, la inspección de la carga útil de IP (que puede, a su vez, basarse en el análisis de los protocolos o en el contenido de la comunicación).


Desde un punto de vista publicitario, el SEPD alerta sobre los riesgos que este tipo de prácticas implica en la gestión de las comunicaciones de los usuarios, pues la información a la que puede accederse puede resultar muy valiosa desde un punto de vista comercial.  Así, por ejemplo, tanto el Parlamento Europeo como el SEPD coinciden en el ejemplo utilizado para representar gráficamente su preocupación, que consiste en el eventual ofrecimiento, por parte de los PSI, de una reducción en el precio de un producto o servicio -tal como, por ejemplo, una tarifa reducida de acceso a Internet-, a cambio de usar su información de navegación a través de técnicas de deep pàcket inspection, para mandarle publicidad basada en su comportamiento online.

Ante este tipo de situaciones, ambos organismos destacan la importancia de la obtención de un consentimiento adecuado (real, específico e informado, según el SEPD) que legitime tal tratamiento, ya que, entiende aplicable el artículo 5.1 de la Directiva de privacidad, al equiparar la técnica descrita a una interceptación de comunicaciones.

El objetivo es claro: incrementar la protección de los consumidores internautas durante su navegación, exigiendo una mayor transparencia de los prestadores de servicios.